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Actualidad

SALAMANCA. CONVOCATORIA BONO TAXI PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y MOVILIDAD REDUCIDA AÑO 2016 BDNS (Identif.): 301497

Ayudas económicas individuales a personas con alguna discapacidad, gravemente afectadas en su movilidad y que no pueden hacer uso, con carácter general de los transportes públicos de la ciudad.

26 de Febrero de 2016

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El objeto de la convocatoria
es establecer las bases para la regulación de las ayudas económicas individuales
a personas con alguna discapacidad, gravemente afectadas en su movilidad y que no
pueden hacer uso, con carácter general de los transportes públicos de la ciudad. Pretende
facilitar el acceso a los taxis adaptados, así como el pleno desarrollo de una vida
social autónoma. Dotación presupuestaria. La presente convocatoria cuenta con una
dotación presupuestaria de 20.000 euros para el año 2016, pudiéndose ampliar cuando
se agote y presenten solicitudes, previa tramitación del oportuno expediente administrativo.
2. - PERSONAS BENEFICIARIAS. Podrán solicitar las prestaciones de este programa las
personas con discapacidad y movilidad reducida que reúnan los siguientes requisitos:
1. Estar empadronado/a en el Municipio de Salamanca y/o ser beneficiario/a del Centro
de Recuperación de Personas con Discapacidad Física en régimen de internado.
2. Las personas beneficiarias no podrán superar una renta per cápita mensual superior
a dos veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), vigente
durante el año 2014.
3. Tener reconocida la condición legal de persona con discapacidad (en grado igual o
superior al 33%) y movilidad reducida que impida utilizar los transportes públicos
colectivos.
4. Carecer de vehículo propio adaptado. Las personas con discapacidad que reúnan
los requisitos anteriores, dispongan de vehículo adaptado, podrán solicitar estas
ayudas solamente para aquellos periodos, en los que, por causas sobrevenidas, no
puedan utilizar el mismo.
5. No podrán tener la condición de beneficiario/a aquellas personas en quienes concurran
alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13
de la Ley General de Subvenciones.
6. No encontrarse, imposibilitado/a para efectuar desplazamientos fuera de su domicilio
habitual porque su estado de salud u otras causas se lo impidan.
7. No ser propietario/a de vehículo, o siéndolo, no poseer carnet de conducir o estar
imposibilitado/a para la conducción.
8. Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Salamanca,
la Hacienda Pública y la Seguridad Social.

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