20 de Enero de 2018
La Directiva sobre mediación se introdujo para facilitar el acceso a modalidades alternativas de solución de conflictos y ha proporcionado un marco europeo para la mediación. Así mismo la aplicación de esta Directiva tuvo una incidencia considerable en la legislación de muchos Estados miembros de la Union Europea.
EL desarrollo normativo en España se materializó en la Ley 5/2012 de 6 de julio que define la mediación como aquel medio de solución de controversias, cualquiera que sea su denominación, en que dos o más partes intentan voluntariamente alcanzar por sí mismas un acuerdo con la intervención de un mediador/a.
El/la profesional del trabajo social reúne el perfil idóneo para ejercer la mediación como acción profesional específica. Las actuaciones e intervenciones comparten muchos de los preceptos éticos, valores y principios de actuación que regulan la acción social del trabajo social: búsqueda del consenso, entendimiento entre las partes, respeto a los Derechos Humanos, a los ideales de Igualdad y Justicia Social, etc.
Trabajaremos para continuar promoviendo la formación de mediadores/as y garantizar una mediación de alta calidad. Poniendo énfasis en nuestra labor profesional sujeta al Código deontológico y al Código de conducta del Trabajador/a social que ejerce como profesional de la Mediación. Este código establece una regulación de forma homogénea de las conductas individuales de los y las profesionales conforme al Art.13 del Título III de la Ley 5/2012, de 6 de julio.
Con motivo de la celebración de este día nuestro objetivo es recordar estos principios éticos, defender las actuaciones y el espacio profesional, los intereses de la profesión y la calidad de las intervenciones.